Firma Electrónica Para Notarios, Archiveros y Conservadores
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.799 y su reglamento, los nuevos actores en el sistema electrónico, Notarios, Archiveros y Conservadores, podrán utilizar firma electrónica avanzada. Esto se traducirá en que los registradores emitirán electrónicamente todos los documentos que la ley permita, especialmente copias autorizadas de instrumentos públicos y privados, documentos protocolizados, certificaciones de firmas digitales estampadas en su presencia, protestos y constataciones de hechos y certificaciones referidas a registros y actuaciones.
Firma Electrónica Mipyme
Estos certificados electrónicos tienen el objetivo de permitir a las MiPyme autentificarse electrónicamente ante el SII, interactuando a través de la red Internet. Son usados únicamente por personas para sus e-tramites tributarios sobre el portal de MiPyme permitiendo firmar los documentos tributarios electrónicos (DTE) como: facturas electrónicas, factura electrónica exenta, notas de crédito, notas de debito, guías de despacho electrónicas, declaraciones y pagos.